Artículo 243 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando los senadores tienen que dar el visto bueno para que alguien ocupe un puesto, eligen a esa persona votando uno por uno, en voz alta y diciendo su nombre. Para que el nombramiento sea aprobado, se necesita que más de la mitad de los senadores que están en la sesión ese día voten a favor. Solo en los casos donde otra ley pida específicamente un número mayor de votos, se aplica esa regla más estricta.
Texto oficial
Artículo 243 1. La aprobación o ratificación de nombramientos se hace por votación nominal de la mayoría absoluta de los senadores presentes en la sesión, salvo disposición expresa en que se exija una mayoría calificada.
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