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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_4773/269
Ley
REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA
Artículo
269

Artículo 269 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que los informes que los gobiernos y dependencias (entes públicos) mandan al Senado deben cumplir con lo que marcan las leyes correspondientes. Esto aplica al formato, el contenido y la frecuencia con que se entregan. No hay una regla única; cada informe sigue su propia ley. Básicamente, todo debe hacerse como lo indica el reglamento de cada caso.

Texto oficial

Artículo 269 1. El objeto, la presentación, el contenido y la periodicidad de los demás informes que los entes públicos obligados remiten al Senado se sujetan, en cada caso, a lo que dispone el ordenamiento aplicable.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA (pág. 68) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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