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Artículo 296 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Senado pone a tu alcance información importante por internet, como la que pide la ley o la que el Comité considere útil para la sociedad. Cada área del Senado (como comisiones o grupos) tiene su propio espacio en la página web para compartir esa info, y deben actualizarla cada 15 días si algo cambia. Las grabaciones, audios y documentos de las sesiones secretas se guardan bajo llave y solo los maneja un área específica. La información que es confidencial o reservada la cuidan las oficinas del Senado que les toque, sin que tú puedas verla así nomás.

Texto oficial

Artículo 296 1. Está a disposición del público, a través de medios electrónicos remotos o locales, la información del Senado que ordena la ley de la materia, así como la considerada como socialmente útil y relevante por el Comité. 2. Conforme a las disponibilidades técnicas y presupuestales, los órganos directivos, las comisiones, los comités, los grupos parlamentarios y las unidades parlamentarias, administrativas y técnicas, cuentan con sitios dentro de la página electrónica en Internet del Senado, con el fin de difundir la información referida en el párrafo anterior. Es responsabilidad de cada órgano, grupo o unidad mantener actualizada dicha información, en un plazo no mayor a quince días a partir de que sea modificada. La integración y actualización permanente de la información difundida a través de la página de Internet está a cargo de las secretarías generales de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos, en sus respectivos ámbitos de competencia. 3. Los documentos fílmicos, de audio y escritos de las sesiones secretas, son mantenidos bajo reserva en custodia de la Secretaría General de Servicios Parlamentarios, conforme a los procedimientos establecidos en la ley de la materia. 4. La información reservada o confidencial se mantiene bajo la custodia y la responsabilidad de los órganos y de las unidades administrativas del Senado que en cada caso corresponda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 76) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.