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Ley
REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA
Artículo
37

Artículo 37 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Mesa del Senado tiene varias responsabilidades importantes. Puede elegir a los senadores que irán a eventos en representación del Congreso, pero solo si la Junta lo propone. También organiza el equipo que hace la Gaceta del Senado. Puede prestar el salón de sesiones y otras áreas del Senado para eventos educativos o culturales. Además, se encarga de investigar cuando los senadores rompen las reglas y, junto con los grupos políticos o el Pleno, decide los castigos.

Texto oficial

Artículo 37 1. La Mesa, además de las facultades que le confieren la Ley y otros ordenamientos, tiene las siguientes: I. Aprobar, a propuesta de la Junta, las comisiones oficiales para atender invitaciones formuladas al Senado; II. Integrar el Consejo Directivo de la Gaceta; III. Autorizar el uso del salón de sesiones del Pleno y de las demás instalaciones del Senado no asignadas a fines específicos, para la realización de actos oficiales y de carácter educativo o cultural; y IV. Conocer de las faltas administrativas y a la disciplina parlamentaria en que incurran los senadores y participar, en su caso, con los grupos parlamentarios y en lo procedente con el Pleno, en la aplicación de las sanciones correspondientes.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA (pág. 10) ↗

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