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Ley
REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA
Artículo
57

Artículo 57 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El presidente de la mesa directiva, o sea, quien está al mando en una junta o reunión formal, puede hacer una pausa o descanso en cualquier momento de la sesión. Esto lo hace para pedir opiniones, buscar que todos se pongan de acuerdo, o para conseguir que todo fluya mejor y se pueda seguir con lo que está planeado en el programa del día. Es como cuando en una junta te toman un break para que la gente hable entre sí y se pongan de acuerdo antes de seguir.

Texto oficial

Artículo 57 1. El Presidente puede declarar recesos durante la sesión, cualquiera que sea su tipo o modalidad, a fin de recabar opiniones, promover acuerdos, o procurar condiciones que permitan el adecuado desahogo del Orden del Día. CAPITULO TERCERO DE LA ASISTENCIA Y EL QUORUM

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA (pág. 16) ↗

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