Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 74 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe de la Cámara de Senadores tiene que mandar imprimir y publicar, en un boletín oficial llamado "Gaceta", la lista de todos los temas que se van a tratar en la siguiente reunión de senadores. En esa misma Gaceta, también se publican los papeles y documentos importantes de cada tema, para que los senadores puedan leerlos y enterarse bien antes de que empiece la junta. Así, cuando lleguen a la sesión, ya saben de qué se va a hablar y tienen toda la información a la mano.

Texto oficial

Artículo 74 1. El Presidente ordena publicar en la Gaceta el Orden del Día de la sesión. 2. En la Gaceta en que se difunde el Orden del Día, se publican también los documentos relativos a los asuntos que habrán de desahogarse, a efecto de que los senadores cuenten con la información pertinente en forma previa a la sesión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.