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Artículo 92 del REGLAMENTO DEL SENADO DE LA REPUBLICA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Un debate se puede detener solo por estas razones: cuando todos están de acuerdo en que ya se habló suficiente, cuando ya se acabó el tiempo de la sesión (a menos que decidan alargarlo), si el grupo completo decide atender otro tema más urgente, si alguien propone suspenderlo y los demás lo aprueban, o si hay un desorden muy grande o una situación fuera de control (como un accidente).

Texto oficial

Artículo 92 1. Un debate sólo se suspende por cualquiera de las siguientes causas: I. Cuando el asunto, por acuerdo del Pleno, se considera suficientemente discutido; II. Al concluir la sesión conforme al Reglamento, salvo que se prorrogue por acuerdo del Pleno; III. Cuando el Pleno dé preferencia a otro asunto de mayor urgencia; IV. Por moción suspensiva aprobada por el Pleno; y V. Por desorden grave en el salón de sesiones o por fuerza mayor. CAPITULO SEPTIMO DE LAS VOTACIONES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

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