Artículo 117 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión de Honor y Justicia se encarga de cuidar la buena imagen y el prestigio de las instituciones de seguridad pública. Para hacer esto, tiene todo el poder de revisar los archivos y expedientes de los policías, y de hacer las investigaciones que necesite para conseguir la información que le ayude a tomar una decisión. Todo esto lo hará siguiendo las reglas que ya están establecidas en la ley.
Texto oficial
Artículo 117. La Comisión de Honor y Justicia velará por la honorabilidad y reputación de las Instituciones de Seguridad Ciudadana. Para tal efecto, gozará de las más amplias facultades para examinar los expedientes u hojas de servicio de los policías y para practicar las diligencias que le permitan allegarse de los elementos necesarios para dictar su resolución, según se disponga en la normatividad aplicable.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.