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Ley
LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
121

Artículo 121 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El sistema de acreditación y control de confianza es como un conjunto de reglas y herramientas para revisar y certificar a los policías o personas que trabajan en seguridad pública. Incluye los procesos que ya están en la ley general y en esta ley para asegurarse de que cumplan con lo necesario. Su objetivo es evaluar y dar un permiso oficial (certificación) a quienes forman parte de las instituciones de seguridad ciudadana. En pocas palabras, sirve para verificar que quienes cuidan a la gente sean confiables y estén bien preparados.

Texto oficial

Artículo 121. El sistema de acreditación y control de confianza se conforma con las instancias, órganos, instrumentos, políticas, acciones y servicios previstos en la Ley General y en la presente Ley, tendientes a cumplir los objetivos y fines de la evaluación y certificación de los integrantes de las Instituciones de Seguridad Ciudadana.

Ver texto oficial de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 24) ↗

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