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Artículo 21 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las alcaldías van a crear sus propias reglas y acciones para mantener segura tu colonia y resolver problemas de convivencia. Pero esas medidas tienen que echarse a andar de la mano con lo que ya haya organizado el Gobierno de la ciudad.

Texto oficial

Artículo 21. Las alcaldías establecerán mecanismos de seguridad ciudadana y justicia cívica acorde a sus necesidades, mismo que deberán coordinarse con los instrumentos que al efecto establezca el Gobierno.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.