Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 83 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En la Secretaría de Seguridad van a haber dos grupos de expertos: las Comisiones Técnicas de Profesionalización y las de Selección y Promoción. Las primeras se encargan de hacer, revisar y mejorar el plan de capacitación de los policías, y pueden incluir a personas de universidades. Las segundas se encargan de todo lo demás del servicio profesional de carrera, como examinar a los policías, revisar sus expedientes y ver sus méritos, sin que nadie las controle. Para hacer su trabajo, estas comisiones pueden pedir ayuda a especialistas que evalúen las habilidades físicas, psicológicas y de estudio de los policías.

Texto oficial

Artículo 83. En la Secretaría habrá Comisiones Técnicas de Profesionalización y de Selección y Promoción. Las Comisiones Técnicas de Profesionalización se encargarán de elaborar, evaluar y actualizar el Programa de Profesionalización. Dichas comisiones se integrarán en la forma que señalen las reglas para el establecimiento y operación del sistema de carrera policial, que emitan las personas titulares de la Jefatura de Gobierno pudiendo participar en ellas representantes de instituciones académicas o de educación superior. Con excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, la operación del servicio profesional de carrera quedará a cargo de las Comisiones Técnicas de Selección y Promoción, las cuales serán autónomas en su funcionamiento y gozarán de las más amplias facultades para examinar a los integrantes, sus expedientes y hojas de servicios. Dichas comisiones se integrarán y funcionarán en la forma que señalen las reglas antes citadas y se auxiliarán por personal especializado que determine las aptitudes físicas, psicológicas y académicas de los integrantes de las Instituciones de Seguridad Ciudadana.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.