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Artículo 9 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad debe crear programas para evitar que ocurran delitos y actos violentos, enfocándose en sus causas de fondo, como la desigualdad o la falta de oportunidades. También tiene que fomentar valores como el respeto a las leyes y apoyar a las personas que han sido víctimas de violencia o delitos. Además, en todo esto debe tomar en cuenta la opinión y participación de los ciudadanos. Por último, tiene que coordinarse con otros sectores, como empresas, organizaciones sociales y otras autoridades, para hacer más efectivas las acciones de seguridad.

Texto oficial

Artículo 9. En materia de Seguridad Ciudadana, el Gobierno de la Ciudad desarrollará políticas en materia de prevención social de las violencias y del delito; sobre las causas estructurales que generan la comisión de delitos y conductas antisociales, así como programas y acciones para fomentar en la sociedad valores culturales y cívicos, que induzcan el respeto a la legalidad y a la protección de las víctimas de la violencia y el delito. El desarrollo de dichas políticas debe incluir la participación de sus habitantes. De igual modo, realizará acciones de seguridad ciudadana, promoviendo en el ámbito de su competencia acciones de coordinación con los sectores público, social y privado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.