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Artículo 12 de la LEY DE FOMENTO DE PROCESOS PRODUCTIVOS EFICIENTES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, las dependencias y las Delegaciones deben hacer acuerdos de colaboración para apoyar la creación de sistemas de información sobre procesos productivos limpios. También deben ofrecer consultoría técnica y un sistema de servicios para que el público pueda obtener información sobre métodos y tecnologías para producir de manera más eficiente. Además, deben proporcionar datos sobre la oferta y demanda de desechos reciclables, como papel y cartón, y sobre políticas de producción eficiente.

Texto oficial

Artículo 12.- - La Secretaría, así como las dependencias y Delegaciones, deberán llevar a cabo esfuerzos organizacionales a través de convenios para dar soporte al establecimiento de sistemas de información para procesos productivos limpios, así como una consultoría técnica y un sistema de servicios para dar al público información referente a metodologías y tecnologías relacionadas con procesos productivos eficientes, y la información y servicios relativos a la oferta y demanda de desechos de productos renovables y reciclables como el papel y el cartón, entre otros y políticas de producción eficiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.