Artículo 13 de la LEY DE FOMENTO DE PROCESOS PRODUCTIVOS EFICIENTES PARA EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, junto con otras áreas del gobierno y las Delegaciones, debe publicar listados (catálogos) cada cierto tiempo. En esos listados se va a informar sobre qué tecnologías, procesos, equipos y productos ayudan a que los procesos productivos gasten menos recursos y sean más eficientes. Además, las dependencias tienen que juntar guías o manuales técnicos para que las industrias y regiones específicas sepan cómo implementar esos procesos. Todo esto se hace para que las actividades productivas reduzcan su huella ecológica, o sea, el daño que causan al medio ambiente.
Texto oficial
Artículo 13.- La Secretaría, de manera conjunta con áreas afines del Gobierno y Delegaciones, periódicamente deberá emitir catálogos donde se oriente acerca de tecnologías, procesos, equipo y productos a favor de procesos productivos eficientes. Las dependencias deberán organizar la compilación de guías para procesos productivos eficientes en la industria y regiones específicas, o manuales técnicos que ilustren métodos para la implementación de procesos productivos eficientes, con el objeto de lograr la disminución de la huella ecológica de sus actividades.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.