Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 15 de la LEY DE FOMENTO DE PROCESOS PRODUCTIVOS EFICIENTES PARA EL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno encargadas del tema pueden decidir si ponen o no un sistema de etiquetado en los productos. Este etiquetado sería para ayudar a cuidar el medio ambiente y los recursos naturales, por ejemplo, ahorrando agua y energía, o indicando cómo reusar y reciclar los desechos. También pueden crear reglas o normas que se adapten a lo que se necesita en cada zona de la Ciudad de México.

Texto oficial

Artículo 15.- Las dependencias responsables, podrán aprobar el establecimiento de un sistema de etiquetado de productos de acuerdo con las necesidades en las áreas de protección a los recursos y medio LEY DE FOMENTO DE PROCESOS PRODUCTIVOS EFICIENTES PARA EL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES ambiente, tales como conservación de la energía y del agua, reutilización de los desechos y reciclaje, así como crear los estándares relevantes de acuerdo a las necesidades locales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.