Artículo 20 del REGLAMENTO PARA EL CONTROL VEHICULAR Y DE LICENCIAS Y PERMISOS PARA CONDUCIR EN EL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para sacar una licencia Tipo B, C, D o E, tienes que llenar un formato que da el gobierno y declarar bajo protesta de decir verdad (es decir, firmas que es cierto) que sabes manejar, conoces las reglas de tránsito y que todos tus datos son correctos. En la solicitud debes poner tu nombre completo, tu domicilio donde quieras recibir avisos, y entregar original y copia de estos papeles: el comprobante de pago de los derechos, tu identificación oficial, un comprobante de domicilio, un examen médico completo (que incluya pruebas psicométricas, de alcohol o drogas, y de vista y oído), un curso de manejo autorizado, un examen de conocimientos y práctica, y tu comprobante de estudios. Si cambias de domicilio, tienes 15 días para avisar a la Secretaría. Para la licencia Tipo E (para manejar transporte especializado, como taxis o camiones), además necesitas un permiso o registro de la autoridad para dar ese servicio. Y si es Tipo E para transporte escolar o de personal, también debes comprobar que tienes al menos 5 años de experiencia en ese servicio, un curso de primeros auxilios, y el permiso especial de la autoridad.
Texto oficial
Artículo 20. Para la expedición de la licencia para conducir Tipo B, C, D o E, el interesado presentará la solicitud correspondiente en los formatos que al efecto emita la Secretaría, mediando declaración bajo protesta de decir verdad que los datos manifestados son correctos, que esta capacitado para conducir y que conoce la normatividad en materia de tránsito. La solicitud señalará en forma precisa nombre, domicilio para oír y recibir notificaciones y deberá acompañarse en original y copia, de los siguientes documentos: I. Comprobante de pago de los derechos establecidos en el Código Financiero del Distrito Federal; II. Identificación Oficial; III. Comprobante de domicilio; en caso de cambio de domicilio tendrá 15 días para informar a esta Secretaria. REGLAMENTO PARA EL CONTROL VEHICULAR Y DE LICENCIAS Y PERMISOS PARA CONDUCIR EN EL DISTRITO FEDERAL CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES Página 13 de 20 IV. Acreditación de la Evaluación Médica Integral, que incluya exámenes psicométrico; de consumo o ingesta de alcohol o enervantes, estupefacientes, o sustancias psicotrópicas; médico general, visual y auditivo, conforme lo establezca la Secretaría; V. Acreditación del curso de capacitación que autorice la Secretaría, conforme a la modalidad que corresponda; VI. Acreditación de la Evaluación de Conocimientos y Desempeño que establezca la Secretaría; y VII. Comprobante de estudios, conforme lo establezca la Secretaría; Para la expedición de la licencia Tipo E, se requiere contar además de los requisitos anteriores, con la autorización o registro de la autoridad competente para operar el servicio especializado de que se trate. Para la expedición de la licencia Tipo E en su modalidad de transporte escolar o de personal se requiere contar, además de los requisitos anteriores, con: a) Constancia donde acredite como mínimo cinco años de experiencia prestando el servicio transportes escolar o de personal; b) Constancia de acreditación del curso de Capacitación en Primeros Auxilios; y c) Autorización y registro de la autoridad competente para operar el servicio de transporte escolar o de personal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.