Artículo 18 del REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para que una junta en el Instituto sea válida, deben estar presentes la mayoría de los miembros que pueden hablar y votar, incluyendo al presidente y al secretario técnico. Si no se cumple con ese número mínimo de asistentes (a eso se le llama "quórum"), la sesión se pospone para otro día. En pocas palabras, no se puede tomar ninguna decisión si no hay suficientes personas con derecho a voto en la reunión.
Texto oficial
Artículo 18. En todos los Órganos Administrativos del Instituto, el desarrollo de las sesiones deberá contar con la asistencia de la mayoría de las personas integrantes con derecho a voz y voto, incluida la persona Titular de la Presidencia y de la persona Titular de la Secretaría Técnica, en caso contrario se diferirá la sesión por falta de quórum.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.