REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Este artículo dice que este reglamento sirve para definir cómo se va a organizar y cómo va a trabajar el Instituto de Formación Profesional de la Fiscalía de la Ciudad de México. Básicamente, aquí se explican las reglas internas de ese Instituto.
- Art. 2El Instituto de Formación Profesional y Estudios Superiores puede tomar sus propias decisiones técnicas y administrativas para hacer su trabajo y cumplir sus metas. Quien lo dirige es elegido directamente por el jefe de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. Este instituto tiene las funciones que le dan la Ley Orgánica de la Fiscalía y otras leyes y reglamentos. Además, debe seguir los planes, estrategias y objetivos que marca la misma Ley Orgánica, el Plan de Política Criminal y el Programa de Persecución Penal de la Fiscalía.
- Art. 3Este artículo dice que las diferentes áreas que trabajan en el Instituto de Formación de la Fiscalía de la CDMX pueden usar los poderes que les da este reglamento por sí mismas, sin necesidad de pedir permiso cada vez. Además, ese Instituto tiene la obligación de crear sus propios manuales de operación y administración, siguiendo las reglas oficiales, para que todo el mundo sepa cómo funcionan.
- Art. 4Este artículo del reglamento del Instituto de la Fiscalía de la CDMX nos da el significado de varias palabras clave que se usan en el documento. Básicamente, es un diccionario para que todos entendamos lo mismo cuando se habla de “Comité Académico”, “el Instituto”, “Operadores” o “Personal Sustantivo”. Por ejemplo, cuando dice “Operadores”, se refiere a los trabajadores de la Fiscalía que hacen labores directas en el sistema de justicia, como los de las Unidades de Mediación o Atención a Víctimas. También aclara que el “Personal de la Fiscalía” incluye a todos los empleados públicos, ya sean ministerios públicos, peritos o policías. En pocas palabras, sirve para que no haya confusiones sobre quiénes o qué cosas se mencionan en el reglamento.
- Art. 5El Instituto está formado por varias áreas de trabajo bien organizadas. Hay una parte principal, llamada Coordinación General, que incluye equipos encargados de tareas como comprar materiales y promover temas legales. También hay dos grandes direcciones: una que maneja todo lo relacionado con los empleados (como su contratación, desarrollo y bienestar) y otra que se enfoca en la capacitación, los posgrados y la investigación. Cada una de estas áreas tiene sub-equipos con trabajos muy específicos, como encargarse de los sistemas de computación o de hacer convenios con otras instituciones. Todo esto está detallado en manuales y reglamentos para que cada quien sepa exactamente qué debe hacer.
- Art. 6El Instituto tiene varios grupos de trabajo encargados de tomar decisiones importantes. Estos son: el Comité Académico (que ve temas de estudios), el Consejo de Posgrado e Investigación (para maestrías y proyectos de investigación), el Comité Editorial (que revisa publicaciones) y el Comité de Certificación (que otorga títulos o diplomas). Cómo funcionan y se organizan estos grupos se explica en unos manuales especiales que se llaman Manuales Específicos de Operación. Más adelante, en el Capítulo III, se habla de cómo están organizadas las diferentes oficinas del Instituto, empezando por la Coordinación General.
- Art. 7El jefe o jefa del Instituto tiene varias tareas importantes. Entre ellas, debe diseñar y poner en marcha todo lo relacionado con el Servicio Profesional de Carrera, que es el sistema para elegir, capacitar y evaluar a los trabajadores de la Fiscalía. También se encarga de preparar los planes de estudio y los exámenes para que el personal pueda entrar o subir de puesto. Además, tiene que organizar la capacitación y, si es necesario, la certificación de los operadores (que son los fiscales, policías y peritos). Por último, debe proponer cambios a los reglamentos del Instituto y del Servicio Profesional de Carrera para que todo funcione mejor.
- Art. 8La Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional de Carrera es la oficina encargada de manejar todo lo relacionado con los empleados de la Fiscalía, como su contratación, evaluación, certificación, permanencia o salida del puesto. También se encarga de los servicios escolares, sistemas de cómputo, asuntos legales y de apoyar a otras áreas del Instituto cuando sea necesario. Entre sus tareas están: aplicar las reglas para contratar, seleccionar y evaluar al personal; mandar los resultados de estos procesos al área que corresponda; diseñar los perfiles que deben tener los trabajadores; y gestionar exámenes de confianza y documentos como títulos o diplomas.
- Art. 9La Dirección Ejecutiva de Profesionalización, Extensión Académica, Posgrado e Investigación es la oficina que se encarga de todo lo relacionado con la capacitación y estudios del personal que trabaja en la Fiscalía (como ministerios públicos, peritos y policías), y también de los operadores del sistema de justicia. Su jefe o los encargados de sus áreas tienen varias tareas, como organizar cursos, detectar qué necesita aprender cada trabajador, hacer programas de estudio y coordinar investigaciones académicas en temas de ministerio público, pericial y policial. También se encargan de dar clases para que el personal obtenga certificados, manejar la educación a distancia (como el Campus Virtual del Instituto), y entregar los comprobantes de que alguien tomó un curso o diplomado. Además, proponen convenios con otras instituciones y pasan los resultados de los procesos de selección o promoción al área que los necesita en la Fiscalía General.
- Art. 10Este artículo dice que los jefes de las direcciones del Instituto tienen varias responsabilidades. Por ejemplo, pueden ponerse de acuerdo con su jefe directo sobre los temas que les tocan, supervisar que el dinero y el personal de su área se usen bien, y organizar el trabajo para que todo salga mejor. También deben revisar documentos importantes, proponer reglas para que su equipo funcione bien, y asegurarse de que todos sigan las leyes. Finalmente, cuando traten con el público, tienen que dar un buen servicio, como escuchar sus quejas o sugerencias.
- Art. 11Este artículo explica que hay una oficina especial (la Dirección de Servicio Profesional de Carrera) que se encarga de manejar todo lo relacionado con los empleados de la Fiscalía, como su entrada, ascensos y permanencia en el trabajo. También tiene la tarea de separar a alguien si no cumple con los requisitos para quedarse en el puesto. Entre sus funciones, está organizar las pruebas para contratar o promover personal, evaluar su desempeño y checar su confianza, además de mantener actualizados los perfiles y habilidades que cada trabajador debe tener. También cuida los documentos de los candidatos que pasan los procesos y coordina la certificación de habilidades del personal.
- Art. 12La Oficina de Administración Escolar y Sistemas es la que se encarga de todo lo relacionado con los trámites escolares, como dar títulos, certificados y constancias, y también de manejar los sistemas de computación del Instituto. Esta oficina, a través de su jefe o de otras personas a su cargo, tiene varias tareas: sacar documentos oficiales que comprueben tus estudios o actividades académicas, y guardar los papeles originales que los respaldan. También se encarga de registrar los programas de estudio ante las autoridades educativas, de tramitar el título y la cédula profesional ante la Dirección de Profesiones, y de cuidar los archivos históricos de estudiantes y maestros. Además, organiza los servicios de biblioteca, define cómo prestar material educativo, supervisa los espacios para clases y eventos, y mantiene al día los expedientes de todos los involucrados en el Instituto.
- Art. 13La Dirección de Profesionalización es la oficina encargada de manejar todo lo relacionado con la capacitación y el desarrollo del personal que trabaja en la Fiscalía. Su jefe o los jefes de las unidades que le reportan tienen varias tareas específicas, como proponer cómo capacitar al personal, diseñar los cursos que se van a dar, evaluar a los alumnos y maestros, y coordinar los exámenes para ver si el personal cumple con lo básico para su puesto. También se encargan de planear estudios para detectar qué capacitación necesita cada quien, de coordinar los premios y reconocimientos para los empleados, y de hacer todo lo necesario para que el personal sea cada vez más profesional en su trabajo.
- Art. 14El Artículo 14 dice que la oficina llamada Dirección de Extensión Académica, Posgrado e Investigación es la que se encarga de manejar todo lo relacionado con cursos, maestrías, investigaciones y clases en línea. Su jefe o los jefes de las áreas que dependen de ella tienen varias responsabilidades, como crear y coordinar los planes de estudio, organizar las clases (ya sea presenciales o en línea), y supervisar el Campus Virtual de la escuela. También pueden proponer cuánto cobrar por estos servicios, emitir certificados o diplomas para quienes terminen los cursos, y evaluar a los alumnos y maestros. Además, pueden sugerir acuerdos con otras instituciones para actividades académicas, y hacer todo lo que su jefe directo o las reglas del instituto les pidan.
- Art. 15Este artículo dice qué pueden hacer los jefes de las Subdirecciones de Área en su trabajo. Ellos pueden hablar con sus jefes para decidir cómo resolver los asuntos que les tocan, y también pueden participar en organizar y revisar el trabajo de su equipo. Tienen la tarea de supervisar que su personal haga bien su labor siguiendo los planes y reglas del Instituto. Además, pueden repartir las tareas entre su gente y preparar documentos para que sus superiores los firmen. Por último, deben atender bien al público si tienen trato con la gente, y cumplir con todo lo que les pidan sus jefes o las leyes.
- Art. 16Las personas que trabajan como "Enlace" tienen estas tareas principales: 1. Pueden ponerse de acuerdo con su jefe directo (el titular de la unidad donde trabajan) para decidir cómo atender, revisar y resolver los asuntos que les toquen, incluyendo los que le asignen al personal a su cargo. 2. Con la instrucción de sus superiores, pueden ayudar a revisar y verificar el trabajo que hace el personal administrativo o de apoyo técnico en su misma área. 3. Tienen que informar seguido y de manera periódica sobre las labores que les encargaron y también sobre las que les asignaron a las personas que están bajo su responsabilidad. 4. Pueden hacer proyectos relacionados con el trabajo de su unidad o del equipo de apoyo técnico donde están, y si es necesario, llevarlos a cabo o darles seguimiento. 5. También deben hacer cualquier otra tarea que les asigne el coordinador general o sus jefes directos.
- Art. 17Cada área o departamento del Instituto debe crear un manual propio donde explique cómo va a trabajar. Ahí tiene que decir quién es el encargado de cada tarea, quién lo puede reemplazar cuando falte, cómo se hacen las juntas, cuántas personas se necesitan para tomar decisiones y cuándo los acuerdos son válidos. Este manual debe seguir las reglas generales que ya existen.
- Art. 18Para que una junta en el Instituto sea válida, deben estar presentes la mayoría de los miembros que pueden hablar y votar, incluyendo al presidente y al secretario técnico. Si no se cumple con ese número mínimo de asistentes (a eso se le llama "quórum"), la sesión se pospone para otro día. En pocas palabras, no se puede tomar ninguna decisión si no hay suficientes personas con derecho a voto en la reunión.
- Art. 19Para tomar cualquier acuerdo o decisión en las oficinas del Instituto, se necesita el voto de la mayoría de los miembros que estén presentes en la junta y que tengan derecho a votar. Esto aplica en todas las áreas administrativas del Instituto.
- Art. 20El Consejo de Posgrado e Investigación es como el equipo directivo del Instituto que se asegura de que las maestrías, especialidades y doctorados sean de buena calidad. También revisa que los proyectos de investigación sobre temas de justicia penal estén bien hechos. En pocas palabras, este Consejo cuida que todo lo que se enseñe e investigue cumpla con estándares altos.
- Art. 21El Consejo de Posgrado e Investigación se forma con estas personas: el o la jefa del Instituto (que lo preside), el o la jefa de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional de Carrera (que es el secretario técnico), el o la jefa de Profesionalización (como vocal), el o la jefa de Extensión Académica (también como vocal), y dos expertos reconocidos en justicia y ciencias penales (como vocales). Además, el presidente del Consejo puede invitar a especialistas a las reuniones si se necesita su opinión.
- Art. 22El Consejo de Posgrado e Investigación tiene varias funciones importantes: revisa y autoriza los planes de estudio de maestrías y doctorados, propone cómo titularse (por ejemplo, tesis o examen), y aprueba los proyectos de investigación sobre justicia penal. También elige a los tutores que guían a los alumnos, propone a los sinodales (los que califican los exámenes finales), y define el perfil que debe tener un maestro. Además, aprueba su propio reglamento interno y puede hacer todo lo demás que digan las leyes aplicables.
- Art. 23El Comité Académico es un grupo de personas dentro del Instituto que se encarga de aprobar cómo se van a hacer los cursos, qué requisitos piden para entrar y para quedarse, cómo evaluar al personal de la Fiscalía y también resolver problemas de disciplina o académicos. Además, este Comité revisa y da el visto bueno a los montos y reglas para dar becas, pero al final quien da la autorización definitiva es el Consejo de Profesionalización.
- Art. 24El Comité Académico del Instituto está formado por siete personas con diferentes puestos directivos. El jefe o jefa del Instituto será quien presida las reuniones, y el director o directora ejecutiva del Servicio Profesional de Carrera será quien tome nota y organice las juntas. Los demás miembros son directores de áreas como profesionalización, posgrado, investigación y administración escolar, y todos tienen voz pero no voto. Si el presidente o presidenta falta, cualquier director ejecutivo puede ocupar su lugar. En resumen, es el grupo de altos mandos que decide sobre temas académicos y de capacitación.
- Art. 25El artículo 25 dice qué puede hacer el Comité Académico. Este comité tiene varias responsabilidades, como revisar y aprobar los planes de estudio que proponga el Instituto, y definir cómo se titulan o gradúan los estudiantes. También puede autorizar el Programa Anual de Capacitación para el personal, evaluar el desempeño de los profesores y resolver quejas de los alumnos. Además, se encarga de aplicar medidas disciplinarias, aprobar las reglas escolares y decidir en casos académicos que no estén previstos. Por último, puede hacer todo lo que otras leyes o normas le asignen.
- Art. 26El Comité de Certificación de Competencias Profesionales es un grupo dentro del Instituto que se encarga de aprobar los métodos para certificar si alguien tiene los conocimientos y habilidades necesarios para trabajar en la procuración de justicia (es decir, en áreas como ministerios públicos o fiscalías). Su objetivo es que quienes trabajen en estos puestos cumplan con un nivel más alto de calidad y preparación. En otras palabras, este comité define cómo se evalúa a las personas para asegurarse de que sean realmente capaces en su trabajo.
- Art. 27El Comité de Certificación está formado por varias personas: el director del Instituto (que lo preside y tiene voz y voto), el director del Servicio Profesional de Carrera (que es el secretario técnico y también tiene voz y voto), los dos directores ejecutivos del Instituto (como vocales, con voz y voto), y además tres representantes de cada rama (ministerial, pericial o policial) según el tema de la certificación, que también tienen voz y voto. A este comité pueden invitar a expertos con mucha experiencia, pero ellos solo pueden opinar, no tienen voto en las decisiones.
- Art. 28El artículo 28 dice qué cosas puede hacer el Comité que se encarga de certificar las competencias profesionales de un Instituto. Este Comité puede: dar luz verde para que se lleven a cabo los procesos de certificación, asegurándose de que sigan las reglas del Consejo de Profesionalización; elegir a los expertos que van a participar en los grupos de trabajo y decidir cuántos serán; aprobar los métodos, tiempos y planes de trabajo que proponga el Instituto; enterarse de cómo van los procesos de certificación; crear sus propias reglas internas y su manual de operación; y planear sus reuniones anuales. También puede hacer todo lo demás que le pidan otras reglas o leyes aplicables.
- Art. 29El Comité Editorial es un grupo dentro del Instituto que se encarga de recibir ideas para hacer publicaciones sobre temas de justicia, delitos y cosas parecidas. Después de revisar y estudiar esas propuestas, este comité da su opinión oficial o su visto bueno. Básicamente, ellos deciden si un tema es apto para publicarse o no.
- Art. 30El Comité Editorial del Instituto está formado por tres tipos de miembros. Primero, el jefe del Instituto, quien será el presidente del comité. Segundo, el jefe de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional de Carrera, que será el secretario técnico. Y tercero, tres académicos de buen prestigio que el presidente invite o proponga, y que serán vocales sin recibir pago por su trabajo.
- Art. 31El Comité de Editorial tiene ciertos trabajos que puede hacer, como aprobar el plan de publicaciones del Instituto (el Programa Editorial). También da su opinión sobre las reglas generales para publicar y decide qué libros o revistas sobre temas penales se pueden sacar y cada cuándo. Puede autorizar cómo hacer, actualizar, imprimir, guardar, repartir o dar a conocer cualquier material como libros o informes. Además, puede sugerir que el Instituto haga acuerdos con otras instituciones para publicar cosas juntos, y debe crear un manual que explique cómo funciona el Comité.
- Art. 32Cuando un jefe o jefa del Instituto no pueda ir a trabajar, otra persona lo reemplaza para que los asuntos no se detengan. Así funciona: - Si falta el jefe máximo (Coordinación General), lo suple el director de Profesionalización; si él tampoco puede, lo hace el director del Servicio Profesional de Carrera. - Si falta un director ejecutivo, lo reemplaza la persona que le sigue en rango dentro de su mismo equipo, dependiendo del tema. - Si falta un director de área, también lo suple la persona de menor rango que le reporta directamente. En pocas palabras, siempre hay un suplente listo para cubrir las ausencias, desde los jefes más altos hasta los de áreas específicas.