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Artículo 21 del REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Posgrado e Investigación se forma con estas personas: el o la jefa del Instituto (que lo preside), el o la jefa de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional de Carrera (que es el secretario técnico), el o la jefa de Profesionalización (como vocal), el o la jefa de Extensión Académica (también como vocal), y dos expertos reconocidos en justicia y ciencias penales (como vocales). Además, el presidente del Consejo puede invitar a especialistas a las reuniones si se necesita su opinión.

Texto oficial

Artículo 21. El Consejo de Posgrado e Investigación se integra por: I. La persona Titular del Instituto, en su calidad de persona Titular de la Presidencia; II. La persona Titular de la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional de Carrera, en su calidad de persona Titular de la Secretaría Técnica; III. La persona Titular Dirección Ejecutiva de Profesionalización, Extensión Académica, Posgrado e Investigación, en calidad de vocal; IV. La persona Titular de la Dirección de Extensión Académica, Posgrado e Investigación, en calidad de vocal; y V. Dos personas profesionistas de amplia y reconocida trayectoria en el ámbito de la procuración de justicia, de las ciencias penales y demás disciplinas afines, en calidad de vocal. El Consejo de Posgrado e Investigación, a través de la persona Titular de la Presidencia, podrá extender la invitación a destacados profesionistas, especialistas en los temas a tratar en la sesión correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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