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Artículo 22 del REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Posgrado e Investigación tiene varias funciones importantes: revisa y autoriza los planes de estudio de maestrías y doctorados, propone cómo titularse (por ejemplo, tesis o examen), y aprueba los proyectos de investigación sobre justicia penal. También elige a los tutores que guían a los alumnos, propone a los sinodales (los que califican los exámenes finales), y define el perfil que debe tener un maestro. Además, aprueba su propio reglamento interno y puede hacer todo lo demás que digan las leyes aplicables.

Texto oficial

Artículo 22. El Consejo de Posgrado e Investigación tiene las siguientes facultades: I. Analizar y aprobar los planes y programas de estudios de posgrado del Instituto y sus actualizaciones; II. Proponer mecanismos, procedimientos y modalidades de titulación y obtención de grado, de conformidad con la normatividad aplicable; III. Aprobar líneas y proyectos de investigación en el campo de las ciencias penales y la Política Criminal, aplicables a la procuración de justicia que proponga o someta a su consideración el Instituto; IV. Aprobar tutores académicos para los aspirantes de algún plan o programa de estudio de posgrado del Instituto; V. Proponer al jurado para los exámenes especiales, exámenes para obtención de diploma en los programas de especialidad, y los exámenes de grado para los programas de maestría y doctorado; VI. Aprobar su Manual de Operación y Funcionamiento; VII. Aprobar el perfil y requisitos que deben cubrir las personas que conformen la plantilla Docente; y VIII. Las demás que dispongan los ordenamientos aplicables. Sección III Del Comité Académico

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

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