Artículo 27 del REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité de Certificación está formado por varias personas: el director del Instituto (que lo preside y tiene voz y voto), el director del Servicio Profesional de Carrera (que es el secretario técnico y también tiene voz y voto), los dos directores ejecutivos del Instituto (como vocales, con voz y voto), y además tres representantes de cada rama (ministerial, pericial o policial) según el tema de la certificación, que también tienen voz y voto. A este comité pueden invitar a expertos con mucha experiencia, pero ellos solo pueden opinar, no tienen voto en las decisiones.
Texto oficial
Artículo 27. El Comité de Certificación de Competencias Profesionales del Instituto se integra por: I. La persona Titular del Instituto, quien fungirá en calidad de persona Titular de la Presidencia, quien contará con voz y voto; II. La persona Titular de la Dirección del Servicio Profesional de Carrera del Instituto, quien fungirán como persona Titular de la Secretaría Técnica, quien contará con voz y voto; III. Las personas Titulares de las dos Direcciones Ejecutivas del Instituto, en calidad de Vocales, quienes contarán con voz y voto; y IV. Tres personas representantes por cada rama ministerial, pericial o policial, según corresponda a la competencia profesional materia del proceso de certificación, designadas por las personas Titulares de las Coordinaciones Generales o de la Unidad Administrativa que corresponda, en calidad de vocal, quienes contarán con derecho a voz y voto. El Comité de Certificación podrá invitar a personas con amplia trayectoria, experiencia profesional y conocimientos, quienes contarán únicamente con derecho a voz.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.