Artículo 2 del REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y ESTUDIOS SUPERIORES DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto de Formación Profesional y Estudios Superiores puede tomar sus propias decisiones técnicas y administrativas para hacer su trabajo y cumplir sus metas. Quien lo dirige es elegido directamente por el jefe de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. Este instituto tiene las funciones que le dan la Ley Orgánica de la Fiscalía y otras leyes y reglamentos. Además, debe seguir los planes, estrategias y objetivos que marca la misma Ley Orgánica, el Plan de Política Criminal y el Programa de Persecución Penal de la Fiscalía.
Texto oficial
Artículo 2. El Instituto de Formación Profesional y Estudios Superiores goza de autonomía técnica y de gestión para el ejercicio de sus facultades, así como para el cumplimiento de sus fines y objetivos, y se encuentra a cargo de la Coordinación General de éste, cuya persona Titular es designada directamente por la persona Titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. El Instituto de Formación Profesional y Estudios Superiores tiene a su cargo las facultades que prevé la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, su reglamento, así como las leyes, reglamentos, acuerdos y demás normatividad aplicable. El Instituto de Formación Profesional y Estudios Superiores desarrollará sus facultades, funciones y actividades conforme a los planes, programas, principios, estrategias, prioridades, metas y objetivos que establezca la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México; el Plan de Política Criminal y el Programa de Persecución Penal, ambos de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México y demás normatividad aplicable.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.