Artículo 11 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Antes de la junta oficial del Concejo, se pueden hacer juntas de trabajo a las que te invita la Secretaría Técnica. Ahí participan los miembros del Concejo y representantes de oficinas, instituciones o de la comunidad, solo para hablar de los temas que ya están en la lista de la sesión. El chiste de estas juntas es analizar y aclarar esos asuntos, pero lo que ahí se diga no cuenta como decisión final ni obliga a nada en los acuerdos oficiales del Concejo.
Texto oficial
Artículo 11.- Se podrán realizar previo a la sesión de Concejo, reuniones de trabajo convocadas por la Secretaría Técnica, en la que participen los miembros del Concejo y representantes de las dependencias, entidades o de la comunidad, relacionados con asuntos programados en el orden del día de la sesión correspondiente con el fin de analizar y aclarar los mismos; las opiniones que viertan de ninguna manera serán resolutivas o vinculatorias a los acuerdos de Concejo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.