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Artículo 14 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si se necesita juntar a un grupo para una reunión de emergencia, pueden avisarles con mínimo un día de anticipación, es decir, 24 horas antes. Esto aplica solo para asuntos que no pueden esperar y deben resolverse rápido. Así que si el asunto es urgente, no es necesario avisar con más tiempo, solo con un día antes.

Texto oficial

Artículo 14.- Las convocatorias para las sesiones de carácter extraordinario podrán realizarse con un tiempo mínimo de veinticuatro horasde anticipación a la fecha que se celebre la sesión correspondiente. (REFORMADO, EL 30 DE MARZO DEL 2022) Las convocatorias para las sesiones de carácter extraordinario podrán realizarse con cuando menos veinticuatro horas de anticipación a la fecha en que se celebre la sesión correspondiente, siempre que sean necesarias en asuntos de urgente resolución.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

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