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Ley
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA
Artículo
40

Artículo 40 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien en el Concejo (el grupo que toma decisiones) falta al respeto o interrumpe el orden mientras están discutiendo un tema, cualquiera puede pedir que se detenga y se corrija. A eso se le llama "moción de orden". No necesitas ser abogado para entenderlo: es como cuando en una junta le pides a alguien que guarde compostura para que todos puedan hablar en paz.

Texto oficial

Artículo 40.- Procede la moción de orden cuando alguna persona integrante del Concejo se aparte de los principios de orden y respeto durante la discusión. (REFORMADO, EL 30 DE MARZO DEL 2022)

Ver texto oficial del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA (pág. 6) ↗

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