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Artículo 43 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un concejal siente que alguien lo mencionó a él de manera personal durante una sesión, puede pedirle al presidente de la junta que le dé la palabra justo en el siguiente turno. Esto lo hace para dar sus argumentos, responder a lo que le dijeron, o pedirle a la persona que lo mencionó que le explique mejor a qué se refería. Es como cuando alguien dice algo de ti en una junta y pides chance de aclarar o responder en ese momento.

Texto oficial

Artículo 43.- Un miembro del Concejo podrá hacer uso de la palabra por alusiones personales, en cuyo caso pedirá al Presidente de la sesión el uso de la palabra en el turno siguiente para ofrecer argumentos y contestar la alusión, o bien; para solicitar a quien lo aludió una explicación pertinente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.