Artículo 5 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Concejo, que es el grupo de personas que toman decisiones importantes (como un equipo de trabajo), no puede hacer el trabajo de quienes gobiernan o ejecutan las acciones del día a día, como un presidente municipal o un gerente. Esto significa que su chamba es solo discutir, votar y aprobar leyes o acuerdos, pero nunca meterse a manejar directamente la administración. Por ejemplo, no pueden andar contratando personal, firmando cheques o tomando decisiones operativas. Su papel es más parecido al de un supervisor o vigilante, no al de un jefe que da órdenes directas. Así que, en pocas palabras, el Concejo solo opina y decide, pero no hace el trabajo de gobierno.
Texto oficial
Artículo 5.- Bajo ninguna circunstancia el Concejo como cuerpo colegiado podrá desempeñar funciones ejecutivas o de gobierno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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