Artículo 72 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Por acuerdo del Concejo, las comisiones pueden organizar juntas abiertas en las colonias o pueblos de la zona para escuchar lo que piensa la gente que vive ahí. El objetivo es que los vecinos puedan dar su opinión sobre los temas que les interesan o afectan. Así, el gobierno local toma en cuenta lo que dice la comunidad antes de decidir.
Texto oficial
Artículo 72. Para el cumplimiento de sus fines y previo acuerdo del Concejo, las comisiones podrán celebrar reuniones públicas en las localidades de la demarcación territorial para recabar la opinión de sus habitantes.
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