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Artículo 91 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDIA DE MILPA ALTA

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Concejo (que es como el grupo de personas que gobierna una alcaldía) tiene que revisar y, si están de acuerdo, aprobar el plan de gastos de la alcaldía, que se llama Presupuesto de Egresos. Ese plan deben mandarlo al Gobierno de la Ciudad para que lo incluya en el presupuesto más grande de toda la ciudad, y luego el Gobierno se lo presenta al Congreso Local. La fecha límite para entregarlo es el 19 de noviembre de cada año, pero si es el año donde empieza un nuevo gobierno (cada sexenio o periodo constitucional), tienen hasta el 9 de diciembre. Es como echar la tarea del gasto antes de que se cierre el plazo.

Texto oficial

Artículo 91.- El Concejo discutirá y en su caso, aprobará el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Alcaldía que deberá remitirse al Gobierno de la Ciudad para su integración en el Presupuesto de Egresos que éste someta a consideración del Congreso Local, a más tardar el día 19 de noviembre de cada año y el 9 de diciembre cuando se trate de año de inicio de periodo constitucional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

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