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Ley
LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
11

Artículo 11 de la LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Asamblea General del Consejo es como la asamblea más importante de un grupo, donde se toman las decisiones finales y todos los miembros tienen derecho a participar. Cualquier acuerdo que se apruebe ahí es obligatorio para todos los consejeros y consejeras, incluso si no asisten a la reunión donde se votó. En otras palabras, si no vas a la junta, igual tienes que cumplir con lo que se haya decidido.

Texto oficial

Artículo 11.- La Asamblea General del Consejo es el órgano superior de decisión del Consejo y se integra por la totalidad las personas integrantes. Los Acuerdos de la Asamblea General del Consejo son obligatorios para todos los Consejeros y Consejeras, incluyendo a los que se ausenten en las sesiones en que sean aprobados.

Ver texto oficial de la LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 6) ↗

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