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Artículo 12 de la LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Asamblea General del Consejo es el grupo de personas que toman las decisiones importantes. Entre sus tareas están: hacer y cambiar sus propias reglas internas, elegir a su presidente y a los miembros del comité directivo, y formar equipos de trabajo según los perfiles de sus integrantes. También decide qué asuntos se mandan a estudiar a esos equipos, revisa y aprueba los resultados, y los envía al gobierno de la ciudad, las alcaldías y el Cabildo. Además, puede convocar a debates públicos sobre temas importantes para la Ciudad, pedir información que necesite, y aprobar propuestas para el presupuesto anual de la CDMX. Por último, tiene otras funciones que le den otras leyes o que se relacionen con sus objetivos.

Texto oficial

Artículo 12.- La Asamblea General del Consejo cuenta con las siguientes atribuciones: I. Aprobar el Reglamento Interno del Consejo, así como sus reformas; II. Autorizar el programa de trabajo del Consejo; III. Constituir las Comisiones necesarias para el ejercicio de las funciones y atribuciones del Consejo, considerando el perfil de sus Consejeros y la proporcionalidad de sus integrantes; IV. Elegir a la persona Presidente del Consejo y a las personas miembros Comité Directivo; V. Turnar a las Comisiones los asuntos que le sean consultados al Consejo; VI. Sancionar los dictámenes de los asuntos que son consultados al Consejo y ordenar su remisión al Gobierno Local, las Alcaldías y el Cabildo; VII. Aprobar las propuestas o contrapropuestas de los asuntos que le son consultados y ordenar su presentación ante el Gobierno Local, las Alcaldías y el Cabildo; VIII. Convocar a la discusión pública los asuntos de mayor trascendencia para la Ciudad y celebrar los foros, seminarios, congresos, mesas de trabajo y todo tipo de eventos necesarios para tal efecto; IX. Sancionar la opinión del Consejo sobre los asuntos que son de interés estratégico para la Ciudad en las materias económica, social o ambiental y ordenar su presentación ante el Gobierno Local, las Alcaldías y el Cabildo; X. Solicitar la información necesaria para el ejercicio de las funciones y atribuciones del Consejo; XI. Solicitar y aprobar los informes de las Comisiones; XII. Aprobar y remitir las propuestas y recomendaciones al Paquete Económico Anual de la Ciudad de México; XIII. Determinar el destino y la orientación de recursos asignados al Consejo para su ejercicio a través del Fondo; XIV. Aprobar la participación del Consejo en fideicomisos públicos y privados que tengan como fin impulsar las funciones del Consejo; XV. Conocer el anteproyecto de presupuesto del Fondo; XVI. Aprobar su calendario de sesiones ordinarias; XVII. Las demás previstas en otras leyes o reglamentos; y XVIII. Las demás análogas al cumplimiento del objeto del Consejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

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