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Ley
LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
20

Artículo 20 de la LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo tiene varios puestos de una sola persona, que son los siguientes: están los presidentes de la Asamblea General y del Comité Directivo, luego los secretarios técnicos de esos dos grupos, y también los jefes de las comisiones con sus respectivos secretarios técnicos. Esto quiere decir que cada uno de esos roles lo ocupa una persona distinta, no un grupo de personas.

Texto oficial

Artículo 20.- El Consejo cuenta con los siguientes órganos unipersonales: I. La Presidencia de la Asamblea General y la Presidencia del Comité Directivo; II. La Secretaría Técnica de la Asamblea General del Consejo y la Secretaría Técnica del Comité Directivo; III. Las personas Titulares de las Comisiones, y las Secretarías Técnicas de las Comisiones. CAPÍTULO VI De la persona Presidente de la Asamblea General y Presidente del Comité Directivo

Ver texto oficial de la LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 9) ↗

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