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Artículo 100 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Centro es el único que puede darles la constancia oficial a los policías y trabajadores de seguridad pública, y también aprobar a las empresas de seguridad privada en la Ciudad. Todos ellos tienen que pasar pruebas y cumplir con los requisitos que marca esta ley y otras reglas. Si no cumplen, no pueden trabajar. Es como un examen obligatorio para asegurarse de que están bien preparados.

Texto oficial

Artículo 100. La certificación de todos los integrantes de las Instituciones de Seguridad Ciudadana y la acreditación de las empresas de seguridad privada en la Ciudad estarán a cargo del Centro. Dichos integrantes deberán de ser evaluados de conformidad con los requisitos y procedimientos que para cada uno de ellos estén señalados en la presente Ley y demás disposiciones aplicables. Capítulo VI Del Régimen Disciplinario

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.