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Ley
LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
119

Artículo 119 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Comisión de Honor y Justicia es un grupo que vigila que las personas que trabajan en la Fiscalía y en las cárceles se porten bien. Este artículo dice que esa comisión debe seguir las reglas que pongan tanto la Fiscalía como la Secretaría encargada de las prisiones. Esas reglas van a estar escritas en un documento especial llamado Reglamento. En pocas palabras, todo lo que haga la comisión tiene que apegado a lo que diga ese Reglamento.

Texto oficial

Artículo 119. La Comisión de Honor y Justicia de la Fiscalía y del Sistema Penitenciario se sujetarán a lo establecido en el Reglamento que al efecto emitan tanto la Fiscalía como la Secretaría.

Ver texto oficial de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 24) ↗

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