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Artículo 23 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Cabildo (que es el grupo de personas que gobierna tu municipio o alcaldía) tomará decisiones sobre cómo proteger a la gente y evitar delitos en tu colonia o comunidad. Para hacerlo, se basará en la información que le den los gabinetes de seguridad de tu zona y también preguntará su opinión al Comité de Seguridad Ciudadana de tu demarcación. En otras palabras, no deciden a lo loco: primero revisan datos y consultan a los vecinos y autoridades locales antes de actuar. Así buscan que los acuerdos realmente sirvan para tu seguridad.

Texto oficial

Artículo 23. El Cabildo adoptará acuerdos en materia de seguridad ciudadana y prevención social del delito. Dichos acuerdos serán el resultado de la información proporcionada por los gabinetes de seguridad de demarcación y en consulta con el Comité de Seguridad Ciudadana de demarcación. Título Tercero Órganos de coordinación en materia de seguridad ciudadana Capítulo I. Consejo de Seguridad Ciudadana

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.