Artículo 3 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si la ley que estás viendo no dice cómo se debe llevar un procedimiento para sancionar a servidores públicos, entonces hay que seguir lo que dice la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. Esa otra ley es la que sirve como guía para llenar los huecos que no estén escritos aquí.
Texto oficial
Artículo 3. A falta de previsión expresa en la presente Ley, en materia de procedimientos administrativos disciplinarios se estará a lo dispuesto en la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.