Artículo 58 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los policías tienen la obligación de llenar un reporte llamado Informe Policial Homologado. Ese informe debe escribirse a mano con letra clara y que se entienda bien. Además, el reporte debe incluir por lo menos la información que pide la Ley General y otras reglas oficiales sobre el tema. En pocas palabras, los agentes deben reportar su trabajo de forma completa y ordenada, sin letra chueca ni datos de a mentiras.
Texto oficial
Artículo 58. Los integrantes de los cuerpos policiales deberán llenar un Informe Policial Homologado con letra clara y legible que contendrá, cuando menos, los datos que estén contenidos en la Ley General y en las disposiciones jurídicas que para tal efecto se establezcan. Título Sexto De las Obligaciones y Derechos de los Cuerpos Policiales Capítulo I De las Obligaciones
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.