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Artículo 91 de la LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los policías y sus compañeros, cuando están trabajando, tienen derecho a recibir asesoría y defensa legal completamente gratis, pero solo si los problemas que enfrentan son por hacer bien su chamba. Esto aplica cuando los acusan ciudadanos comunes, o cuando ellos mismos quieren denunciar a personas que los agredieron o los trataron mal mientras hacían su trabajo. Además, si un policía causa un daño por cumplir con su deber (como un accidente), la institución para la que trabaja también es responsable y tiene que pagar junto con él. El apoyo legal lo reciben a través de un área especial que cada corporación policiaca debe tener según sus reglas internas.

Texto oficial

Artículo 91. Los cuerpos policiales y sus integrantes en funciones recibirán a través del órgano interno que se prevea en los reglamentos respectivos, asesoría y, en su caso, defensa jurídica en forma gratuita, siempre que los hechos controvertidos sean resultado del cumplimiento de su deber y la demanda o denuncia sea promovida por particulares o cuando los integrantes de las instituciones de seguridad ciudadana requieran ser asesorados para denunciar actos o agresiones cometidos en su contra por los ciudadanos o vecinos de la Ciudad, los cuales menoscaben su dignidad o les impidan el adecuado ejercicio de sus funciones. Cuando por el cumplimiento del deber incurran en responsabilidad civil, la institución a la que pertenezcan responderá solidariamente. Capítulo IV Servicio de Carrera Policial

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.