Artículo 1 de la LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley sirve para definir cómo se va a organizar la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México. Su objetivo es que esta dependencia pueda atender todos los asuntos que le corresponden, siguiendo lo que dicen la Constitución Federal y la de la Ciudad, así como otras leyes nacionales y locales relacionadas con la seguridad pública. En pocas palabras, establece las reglas básicas para que la secretaría funcione correctamente.
Texto oficial
Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto establecer las bases de organización de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México para la atención de los asuntos que le competen, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Constitución Política de la Ciudad de México; la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública; la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México y demás disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.