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Ley
LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
24

Artículo 24 de la LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que todos los policías de la Policía de Proximidad, sin importar su rango, deben actuar con disciplina, que es la base de cómo trabajan y se organizan. Esto significa que tienen que seguir las leyes, respetar las órdenes de sus superiores y mantener una buena conducta. También deben cumplir con valores como el honor, la justicia y la ética. En pocas palabras, tienen que portarse bien, obedecer a sus jefes y actuar con rectitud en todo momento.

Texto oficial

Artículo 24.- Los integrantes de los cuerpos policiales de la Policía de Proximidad en todos sus niveles jerárquicos observarán la disciplina como la base de su funcionamiento y organización, por lo que sus integrantes deberán sujetar su conducta a la observancia de las leyes, órdenes y jerarquías, así como a la obediencia y al alto concepto del honor, de la justicia y de la ética.

Ver texto oficial de la LEY ORGÁNICA DE LA SECRETARÍA DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 10) ↗

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