Artículo 101 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que para asuntos de riesgos de trabajo (accidentes o enfermedades por tu empleo), se aplican las reglas de varias leyes: la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, la Ley del ISSSTE y este Reglamento Interno. Si alguna situación no está cubierta por esas leyes, se usa como apoyo la Ley Federal del Trabajo. O sea, primero revisas lo que dicen las primeras leyes, y si falta algo, la Ley del Trabajo te sirve de respaldo.
Texto oficial
ARTÍCULO 101.- En materia de riesgo de trabajo, se estará a lo dispuesto en la LFTSE, en la Ley del ISSSTE, en el presente Reglamento Interno y supletoriamente en la Ley Federal del Trabajo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.