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Ley
REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
102

Artículo 102 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 102 dice que cualquier accidente que te pase mientras trabajas o por culpa de tu trabajo, y las enfermedades que sufras por lo mismo, se consideran "riesgos de trabajo". En la primera parte, un accidente de trabajo es cualquier lesión, problema de salud o muerte que te ocurra de repente mientras trabajas o por algo relacionado con tu empleo, sin importar dónde o cuándo pase; también incluye accidentes yendo de tu casa al trabajo o de regreso (el llamado "trayecto"). En la segunda parte, una enfermedad de trabajo es un problema de salud que se desarrolla poco a poco por estar expuesto a algo relacionado con tu empleo o el lugar donde trabajas, como las enfermedades que ya vienen listadas en las leyes laborales.

Texto oficial

ARTÍCULO 102.- Los accidentes que ocurran en el desempeño o con motivo del trabajo o aquellas enfermedades a que están expuestos los trabajadores por las mismas causas, se considerarán como riesgos de trabajo. Por tal motivo, deberá entenderse: Fracción l.- Por accidente de trabajo: toda lesión orgánica o perturbación funcional inmediata o posterior, o la muerte producida repentinamente en el ejercicio o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que se presente, así como aquellos que ocurran al trabajador al trasladarse directamente de su domicilio al lugar en que desempeñe su trabajo o viceversa. Fracción II.- Por enfermedad de trabajo: todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. Se consideran como tales las enfermedades señaladas por las leyes del trabajo.

Ver texto oficial del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 20) ↗

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