Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_5200/133
Ley
REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Artículo
133

Artículo 133 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Artículo 133: Si tú, como trabajador, no cumples con lo que dice la Ley o el Reglamento Interno, la CAPTRALIR te puede sancionar de distintas maneras. Primero, te pueden llamar la atención de forma verbal, o darte una advertencia por escrito. También te pueden poner notas malas en tu expediente, o suspenderte sin sueldo y sin trabajar por máximo ocho días. Otra opción es que te cambien a otra área, y la más fuerte es que te corran del empleo, pero esto solo si un Tribunal lo autoriza con un laudo.

Texto oficial

ARTÍCULO 133.- El incumplimiento de los trabajadores a las disposiciones contenidas en este Reglamento Interno y en la Ley, ameritará la aplicación de sanciones por parte de la CAPTRALIR que consistirán en: Fracción I.- Amonestación verbal. Fracción II.- Amonestación escrita. Fracción III.- Notas malas. Fracción IV.- Suspensión temporal en sueldo y funciones hasta por ocho días. Fracción V.- Remoción a otra área de trabajo. Fracción VI.- Cese o baja sujeto al laudo resolutivo del Tribunal.

Ver texto oficial del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.