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Artículo 21 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te detienen por orden de un juez o de alguna autoridad que investiga delitos, tienes que hablar con tu jefe directo para avisarle. Esto es para que no te cuenten las faltas como si hubieras dejado el trabajo por tu cuenta. Cuando vuelvas a trabajar, vas a tener que comprobar que sí estuviste preso, mostrando algún documento que lo demuestre. Así no te corren por abandono de empleo.

Texto oficial

ARTÍCULO 21.- Si un trabajador es detenido por orden de autoridades investigadoras o judiciales, deberá comunicarse con el Titular de la Unidad de su adscripción, con la finalidad de que no se le computen sus inasistencias, sólo para efectos de abandono de empleo debiendo acreditar, al reincorporarse a su trabajo que se le privó de su libertad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.