Artículo 34 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes derecho a recibir un aguinaldo cada año que equivale a 40 días de tu sueldo normal. La mitad de ese aguinaldo te la deben pagar a más tardar el 15 de diciembre de ese año. La otra mitad te la tienen que dar durante los primeros 5 días de enero del año siguiente. Así que no te pueden retrasar el pago completo hasta después de enero.
Texto oficial
ARTÍCULO 34.- Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual consistente en cuarenta días de salario. El 50% del aguinaldo se pagara antes del 15 de diciembre del año en curso y el resto se pagara dentro de los cinco primeros días del mes de enero del siguiente año.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.