Artículo 62 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que la intensidad con la que trabajas se mide por lo que haces en tu horario normal de trabajo. No te deben exigir hacer más de lo que puedes dar durante tu jornada, ni tampoco pedirte un esfuerzo exagerado para una persona con habilidades normales y adecuadas al puesto. Todo debe ir de acuerdo con lo que dice tu contrato o nombramiento. En pocas palabras: no pueden explotarte ni pedirte más de lo razonable para tu capacidad.
Texto oficial
ARTÍCULO 62.- La intensidad del trabajo se determinará por el desempeño en las labores que se asignen a cada trabajador durante las horas de la jornada reglamentaria, sin que ésta deba ser mayor de la establecida, sin esfuerzo exagerado por una persona normal y competente, de acuerdo también con el nombramiento expedido. Capítulo Segundo CALIDAD DEL TRABAJO
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