Artículo 7 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que hay dos tipos de trabajadores a los que no se les aplica este reglamento interno: los que trabajan con un contrato civil (un acuerdo entre particulares, no una relación de empleado formal) y los que cobran por honorarios (como los freelancers o prestadores de servicios independientes). En pocas palabras, si eres empleado de planta o de base, sí te toca cumplir con este reglamento, pero si eres contratado por fuera o trabajas por tu cuenta, no te aplica.
Texto oficial
ARTÍCULO 7.- Quedan excluidos de la aplicación de este Reglamento Interno, el personal que preste sus servicios mediante contrato civil o que sean sujetos al pago de honorarios. TITULO II REQUISITOS DE ADMISIÓN Y DOCUMENTACION SOLICITADA Capitulo Primero REQUISITOS DE ADMISIÓN
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