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Artículo 6 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La CAPTRALIR es manejada por su Director General y otros funcionarios que elijan las reglas internas de la dependencia. Ellos se encargan de representar a la empresa en todo lo relacionado con contratos de trabajo y asuntos legales con los empleados. Es decir, si tienes algún problema laboral con la CAPTRALIR, las personas autorizadas para resolverlo son el Director o los funcionarios que diga el reglamento. El Consejo también puede dar acuerdos para definir quiénes pueden actuar en estos casos. En resumen, no cualquiera puede tomar decisiones sobre estos temas, solo los que tengan permiso oficial.

Texto oficial

ARTÍCULO 6.- La representación de la CAPTRALIR en materia de las relaciones jurídico laboral, quedará a cargo del Director General y por los funcionarios públicos que determine el Estatuto Orgánico, según sus propias atribuciones y por los acuerdos que expida el Consejo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.