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Artículo 81 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a empezar los trámites para jubilarte o pensionarte, la CAPTRALIR te va a dar una licencia de tres meses con tu sueldo completo, para que puedas hacer todo el papeleo sin preocuparte por faltar al trabajo. Durante esos tres meses, la CAPTRALIR debe entregarte tu hoja de servicio y una constancia de baja que indique la fecha en que empezó tu licencia, y tiene hasta 45 días después de que inicies tu prejubilación para hacerlo. Al terminar tu licencia, también te darán la constancia de baja final. Con esto, la dependencia cumple con lo que le toca en los tiempos establecidos.

Texto oficial

ARTÍCULO 81.- Cuando un trabajador tenga necesidad de iniciar las gestiones para obtener alguno de los seguros de jubilación, de retiro por edad y tiempo de servicio o de cesantía en edad avanzada, la CAPTRALIR le concederá una licencia por tres meses con goce de sueldo, para que pueda atender debidamente los trámites al respecto. La CAPTRALIR entregará la hoja de servicio y su constancia de baja con la fecha de la licencia en un periodo de cuarenta y cinco días calendario a partir de la fecha de inicio de su prejubilación y su constancia de baja al término de su licencia de prejubilación, dándose cumplimiento en tiempo y forma.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.