Artículo 86 del REGLAMENTO INTERNO QUE FIJA LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DE LOS EMPLEADOS DE LA CAJA DE PREVISIÓN PARA LOS TRABAJADORES A LISTA DE RAYA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La CAPTRALIR (la autoridad correspondiente) puede darte permisos o tolerancias sin perder tus derechos laborales en estos casos: 1. Si estudias en una escuela oficial, puedes pedir entrar una hora después o salir una hora antes. 2. Si eres pasante (ya terminaste materias) y debes hacer servicio social, te dan permiso por el tiempo y horario que diga tu carta de aceptación. 3. Si eres pasante y vas a presentar tu examen profesional, te dan el día libre para hacerlo. 4. Si tienes una beca para estudiar una carrera o curso específico. 5. Si te llama una autoridad judicial o administrativa para algún trámite o audiencia.
Texto oficial
ARTÍCULO 86.- La CAPTRALIR por conducto de la Dirección General, podrá conceder permisos o tolerancias a sus trabajadores, sin perjuicio de sus derechos labores en los casos siguientes: Fracción I.- A los que comprueben que están estudiando en forma regular en escuelas reconocidas oficialmente, una hora después de la entrada o una hora antes de la salida, siempre a solicitud de los trabajadores. Fracción II.- A los pasantes de cualquier carrera reconocida oficialmente que comprueben la obligación de cumplir su servicio social, por el mismo período y en su caso, el horario que señale la carta de aceptación correspondiente. Fracción III.- A los pasantes de cualquier carrera reconocida oficialmente que presenten su examen profesional, se les concederá permiso para no asistir a sus labores el día de la presentación de su examen de titulación. Fracción IV.- A los becados para seguir carreras o estudios específicos. Fracción V. A los que sean requeridos para alguna diligencia por alguna autoridad judicial o administrativa.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.